Las acciones de “CHIPS” tratan sobre la protección de menores, el ausentismo escolar, la fuga, la delincuencia en menores de 10 años y los casos de colocación voluntaria. Estas acciones son casos judiciales que involucran la salud, la seguridad y el bienestar de los niños. Los menores pueden ser considerados CHIPS porque son abusados o descuidados, se ausentan de la escuela, se escapan o necesitan protección o servicios.

Este tipo de caso se presenta para proteger a los niños y prestar servicios para que puedan estar seguros en el hogar o, si los niños no pueden estar en casa, en hogares de acogida. Si los servicios no resuelven los problemas, los niños pueden ser retirados permanentemente del cuidado de sus padres, incluso a través de la terminación de la patria potestad.

Comuniquese con Karla Santiago-Rodriguez llamando al 612-810-7403 o vía correo electrónico a info@santiagolegalgroup.com. Se habla Español.

No, casarse con un ciudadano estadounidense no le otorga automáticamente estatus en los Estados Unidos. Si bien el matrimonio con un ciudadano estadounidense puede ser un camino para obtener la residencia permanente legal (comúnmente conocida como “tarjeta verde”), aún deberá pasar por el proceso de solicitud correspondiente y cumplir con todos los requisitos de elegibilidad.

Para solicitar una tarjeta verde basada en el matrimonio, usted y su cónyuge deberán presentar una solicitud a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS). Esta solicitud incluirá documentación de respaldo para demostrar que su matrimonio es legítimo y que es elegible para los beneficios de una tarjeta verde.

Además, es importante tener en cuenta que incluso si está casado con un ciudadano estadounidense, existen ciertas circunstancias que podrían hacer que no sea elegible para una tarjeta verde. Por ejemplo, si tiene antecedentes penales o si ingresó ilegalmente a los EE. UU., puede enfrentar obstáculos adicionales para obtener una tarjeta verde.

Se recomienda que consulte con un abogado de inmigración con experiencia para discutir su situación específica y explorar todas las opciones disponibles para obtener un estatus legal en los Estados Unidos.

Contáctenos directamente al 612-823-4413 o envíe un correo electrónico a info@cabanramirezlaw.com

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No, marrying a U.S. citizen does not automatically grant you status in the United States. While marriage to a U.S. citizen can be a pathway to obtaining lawful permanent residence (commonly known as a “green card”), you will still need to go through the appropriate application process and meet all the eligibility requirements.

To apply for a green card based on marriage, you and your spouse will need to submit an application to U.S. Citizenship and Immigration Services (USCIS). This application will include supporting documentation to prove that your marriage is legitimate and that you are eligible for the benefits of a green card.

Additionally, it’s important to note that even if you are married to a U.S. citizen, there are certain circumstances that could make you ineligible for a green card. For example, if you have a criminal history or if you entered the U.S. illegally, you may face additional obstacles in obtaining a green card.

It is recommended that you consult with an experienced immigration attorney to discuss your specific situation and explore all available options for obtaining lawful status in the United States.

Contact us directly at 612-823-4413 or email info@cabanramirezlaw.com

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Si a usted le radican cargos por conducir bajo los efectos de embriaguez, su estatus migratorio podría estar a riesgo. Se afectaría si está en el proceso de obtener una visa o su residencia. Desafortunadamente, muchos abogados criminalistas desconocen o no entienden las complicaciones que una alegación de culpabilidad podría causarle. Antes de admitir culpabilidad por conducir bajo los efectos de embriaguez, asegúrese de consultar con un(a) abogado(a) de inmigración.

Cada estado maneja estos cargos de manera distinta, por lo que dependiendo de donde se encuentre, las consecuencias pueden variar. Antes de aceptar una alegación pre-acordada (“plea bargain”) es crítico que usted entienda las repercusiones al admitir culpabilidad. Si usted ya ha admitido culpabilidad por medio de una alegación pre-acordada, comuníquese con nuestra oficina para discutir posibles alternativas a la deportación. Dependiendo de los particulares de su caso, podemos determinar que hacer y como proceder.

Para más información, comuníquese con la Licenciada Tamara Cabán-Ramirez al 612-823-4413 o vía correo electrónico a info@cabanramirezlaw.com los antes posible.

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Recientemente USCIS publicó infografías demostrando quienes son elegibles para solicitar la ciudadanía en Minnesota y Wisconsin. ¡Este es buen recordatorio!

Desafortunadamente, quines sean residentes permanentes de los Estados Unidos no disfrutan de las mismas protecciones o derechos que sus ciudadanos. Estas son algunas de las razones por las que debe considerar la ciudadanía:

  1. Proteger su estatus en el país – Los residentes permanentes corren el riesgo de perder la residencia si se ausentan de los Estados Unidos por largos periodos de tiempo (por ejemplo, más de 6 meses). Para proteger su estatus, debe de pedir permisos (y pagar por honorarios), mientras que al hacerse ciudadano, no tienen que hacer esto. Se la haría más económicamente viable solicitar por la ciudadanía, aparte de que no tendría que preocuparse por cuanto tiempo se ausenta del país.
  2. Derecho al voto – Sólo los ciudadanos tienen el derecho al voto en los Estados Unidos. Las decisiones tomadas por los políticos le afectan directamente a usted y a su familia, ya sea en el ámbito local, estatal o nacional. Aún si usted se considera una persona apolítica, el derecho al voto es un beneficio que podría ejercer en caso de que usted decida influenciar cambios o mantener el estatus quo en el país.
  3. Evitar ser deportado – Contrario a lo que muchos inmigrantes piensan, usted podría estar sujeto a deportación siendo residente. Por ejemplo, si usted comete un crimen, aún si no es delito grave, le pueden poner en proceso de deportación. Los ciudadanos, están protegidos. Sólo en ocasiones extremadamente excepcionales, es que ciudadanos naturalizados pierden su estatus.
  4. Beneficios migratorios para miembros de su familia – Los familiares de ciudadanos reciben preferencia para obtener beneficios, sin tener que esperar que las visas estén disponibles. Aquellos ciudadanos mayores de 21 años, pueden someter solicitudes para sus padres, hermanos(as) e hijos adultos, lo cual es un beneficio que los residentes no tienen. Aparte de que la espera para traer a su esposo(a) e hijos es mucho más corta que para los residentes.
  5. Beneficios gubernamentales e impuestos – Los ciudadanos y los residentes son tratados diferentemente en cuanto a términos de impuestos y obtener beneficios gubernamentales. Existen diferentes regulaciones al solicitar beneficios dependiendo de su estatus, como por ejemplo, su seguro social. De igual manera, se podría ver afectado en los impuestos sucesorios en propiedad y/o bienes.

Para más información en Minnesota, comuníquese con la Licenciada Tamara Cabán-Ramirez, abogada de inmigración y defensa criminal, al 612-823-4413 o vía correo electrónico a info@cabanramirezlaw.com lo antes posible.

MANTENGA SILENCIO… es su derecho

  • No diga nada o diga que quiere hablar con un(a) abogado(a)
  • No conteste preguntas, ni diga donde nació ni como llego a los Estados Unidos
  • No mienta
  • No muestre documentos falsos
  • No lleve consigo documentos de otro país
  • No firme ningún documento sin hablar antes con un(a) abogado(a)
  • Comuníquese con un familiar o su abogado(a)
  • Memorice el número de teléfono de su abogado(a)

 

Para más información en Minnesota, comuníquese con la Licenciada Tamara Cabán-Ramirez, abogada de inmigración y defensa criminal, al 612-823-4413 o vía correo electrónico a info@cabanramirezlaw.com

un_dollar_usPor Marisela E. Cantu, abogada

http://www.cantuattorney.com

Temporada de impuestos es sobre nosotros, y estamos todos tratando de maximizar nuestra rentabilidad o minimizar nuestros pagos lo mejor que podamos. Una forma de hacerlo es diciendo a nuestros hijos que hemos apoyado debidamente durante todo el año. Si se han divorciado, tiene una orden de manutención o una orden de custodia de los tribunales de Minnesota puede ya han hecho esa decisión para que en cuanto a que años pueden reclamar a hijos que compartir con otra persona. ¿Pero es esa orden judicial todavía justo?

En 2015 se promulgó una nueva ley describiendo lo que cortes deben mirar en la determinación de que padre debe concederse la exención de impuesto de dependencia. Bajo §518A.38 estatuto de Minnesota, subdivisión 7, el Tribunal debe analizar cuatro factores que son: (1) los recursos financieros de cada party;(2) si no conceder la exención de dependencia negativa afecta la capacidad de los padres frente a las necesidades del niño;

(3) si sólo una de las partes o ambas partes recibiría un beneficio fiscal de la exención de dependencia; and(4) el impacto de la exención dependiente en la capacidad de cualquiera de las partes para reclamar un crédito tributario de premium o un subsidio de prima bajo el Affordable Care Act, ley pública 111-148, enmendado y protección al paciente federal incluyendo la atención de salud federal y ley de reconciliación de Educación de 2010, ley pública 111-152 y modificaciones y cualquier orientación federal o reglamentos emitidos bajo , estos actos.

Para modificar el actual orden de la corte necesita mostrar que ha habido un cambio sustancial en los factores anteriores.

Si usted tiene alguna pregunta por favor póngase en contacto con la abogada Marisela Cantu en 651-239-8195 o en marisela@cantuattorney.com.

bentoddjealousfamilyUsted considerando adoptar un relativo pero no saben si la ley lo considera como un pariente del niño que desea adoptar.  Según las leyes de adopción en el estado de Minnesota que es pariente de un niño si es un esposo, un padre, un nacimiento o adoptado hijo o hijastro, un padrastro, un hermanastro, una hermanastra, una sobrina, un sobrino, un padre adoptivo, un abuelo, un hermano, una tía, un tío o un guardianlegal.  No tienes que ir a través de una agencia a adoptar a su familiar pero la colocación debe ser aprobada por el Tribunal de distrito en el condado donde reside el adoptante.  Cada situación familiar es única, así que es mejor consultar con un abogado antes de la petición al Tribunal para su aprobación.

Marisela es un abogado de familia hablando español.  Por favor, contactar con ella en 651-239-8195 o marisela@cantuattorney.com

La administración de Obama anunció recientemente una serie de meses de duración a nivel nacional de redadas en mayo y junio a deportar a madres de centroamericanas y los niños que han entrado al país ilegalmente y que ya les ha dicho que deja. La mayoría de estas personas no ha aparecido para su audiencia ante un juez o ha ignorado órdenes judiciales para salir del país.

Es importante que estos individuos consulta con un abogado tan pronto como sea posible. Es muy probable que estas familias han sido vía rápida a través del proceso de deportación sin acceso a un abogado. La mayoría no entienden que pueden apelar las sentencias del Tribunal de inmigración negativa. Otros tienen dificultades para compartir sus traumas con los funcionarios de inmigración que les calificaría normalmente de asilo. Todo ser humano merece un día de justicia en la corte.

Se especula que estas redadas  son en respuesta a la gran cantidad de mujeres y niños cruzando para ingresar a Estados Unidos De octubre de 2015 a través de marzo de 2016, la patrulla fronteriza detuvo a más de 32.000 unidades familiares. El año pasado el total fue de aproximadamente 14.000.

** La mayoría de la información obtenida para este post era de un artículo de Reuters de fecha 12 de mayo de 2016 llamado “exclusivo: planificación de Estados Unidos nueva ola de redadas de deportación de inmigrantes.”

Marisela E. Cantu es un abogado de inmigración en el estado de Minnesota. Puedes contactar ella a 651-239-8195 o http://www.cantuattorney.com

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El Servicio de Inmigración anunció que extenderían el estatus de TPS, por sus siglas en inglés, a hondureños y nicaragüenses. La fecha límite es el viernes 15 de julio del 2016. De no re-inscribirse, perderá sus beneficios. Es sumamente importante que se soliciten lo antes posible.

Aquellos quienes no solicitaron el TPS durante el periodo original, quizás puedan registrarse ahora si llenan ciertos requisitos. De necesitar ayuda con su re-inscripción o desea explorar la posibilidad de someter una solicitud tardía, comuníquese con nuestra oficina.

Para más información en Minnesota, comuníquese con la Licenciada Tamara Cabán-Ramirez, abogada de inmigración y defensa criminal, al 612-823-4413 o vía correo electrónico a info@cabanramirezlaw.com